¿Qué pasa con la herencia si no hay testamento?
27 de Diciembre de 2016

Como especialistas en poder notarial en Madrid centro, nos gustaría aprovechar estas líneas a explicarte qué pasa con la herencia cuando no hay testamento. Si quieres saberlo, no dejes de leer este post.

Es una de las dudas más frecuentes: qué ocurre con la herencia en los casos que no hay testamento. Debemos comentar que no se pierde ni va a parar al Estado porque la propia legislación civil establece a qué herederos les corresponde la herencia siguiendo un orden de parentesco, independientemente de si el fallecido estaba casado y con hijos o no tenía descendencia.

En las dos situaciones, queremos añadir que las personas consideradas como herederos -descendientes, ascendientes o cónyuge- han de ir al notario para hacer una “declaración de herederos abintestato”. En lo que se refiere a los familiares colaterales, queremos explicar que estos tendrán que acudir al juez.

Como expertos en poder notarial en Madrid centro, también queremos aprovechar este espacio para hablar de las renuncias a las herencias. Para realizarlo, hay que formalizarlo en escritura pública. En caso de que las razones para hacerlo sean las deudas del fallecido, se puede aceptar la herencia “a beneficio de inventario”. De esta forma, el heredero sólo respondería de las deudas con lo que heredaría, y en ningún caso con el patrimonio propio.

Si quieres saber más acerca de los temas con los que podemos ayudarte, no dudes en ponerte en contacto cuando lo necesites o desees con la Notaría D. Luis Garay Cuadros. Quedamos a la espera de que nos llames.

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